Tal como había adelantado El Cronista, este miércoles, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó una nueva posibilidad para pagar impuestos a partir del próximo miércoles 30 de abril.
El trasfondo de la medida y las críticas de la oposición.
Con la publicación en el Boletín Oficial, el organismo que conduce Juan Pazo dio a conocer la letra chica para el pago de obligaciones impositivas y aduaneras con Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (Bopreal).
Proyecto en la mesa Ley penal tributaria: el monto "ridículo" que se busca actualizar en la reforma Lucrecia Eterovich Según pudo saber El Cronista con fuentes internas del organismo la Resolución General se firmó el día lunes.
Se preveía que se diera a conocer el martes, pero la medida se retrasó. La posibilidad se fijó hace más de un año atrás por medio de la Resolución General 5469/2023 de la entonces Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Florencia Misrahi, y entrará en vigencia desde el próximo 30 de abril y lo estará hasta el 31 de octubre de 2027, ambas fechas inclusive.
"Establecer que las Series 1A, 1B y 1C de los BOPREAL emitidos por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) -con las características detalladas en la Comunicación "B" 12695 del 22 de diciembre de 2023-, tendrán poder cancelatorio respecto de las obligaciones impositivas y aduaneras, con más sus intereses, multas y accesorios", fijaron en el artículo 1.
Exclusivo El FMI trae invitados: el Banco Mundial y Bopreal para levantar el cepo y pagar dividendos Guillermo LabordaPara la "Serie 1A", con valor máximo de u$s 1.000 millones, el cómputo se podrá realizar desde el 30 de abril de 2025 hasta el 29 de abril de 2026, ambas fechas inclusive; la "1B" desde el 30 de abril de 2026 hasta el 29 de abril de 2027, ambas fechas inclusive; y la "1C" desde el 30 de abril de 2027 hasta el 31 de octubre de 2027, ambas fechas inclusive.
Hasta ayer, la única letra chica que se conoce es la de la primera RG que fijo que el tipo de cambio para determinar el poder cancelatorio de los Bopreal será el mayor entre el dólar oficial y el Contado con Liquidación (CCL).
Junto con la publicación de la RG, y según constató este medio con fuentes internas, el organismo que conduce Pazo también daría mayores detalles al respecto como por ejemplo instructivos para los contadores y profesionales de ciencias económicas.
La letra chica Con la RG 5675, que se publicó en la madrugada de este miércoles, se conocieron los procedimientos y las condiciones para el cómputo de los Bopreal contra las obligaciones impositivas y aduaneras, incluidos sus intereses, multas y demás accesorios. Así, se estableció que la transferencia de los Bopreal se deberá llevar a cabo a través Participante de Caja de Valores S.
A -según la serie y los plazos establecidos en el artículo 1° de la RG 5.469- a la cuenta comitente de titularidad de la ARCA (N° 338958191) abierta en el Banco de la Nación Argentina (BNA). "Las transferencias de los Bopreal a la cuenta de este organismo tendrán el carácter de irrevocables", destacaron en el Resolución.
Y un día hábil posterior a la acreditación, la Caja de Valores S.
A.
informará a la ARGA la nómina de los Bopreal transferidos por medio de un formulario de declaración jurada N° 1.400. Con datos como la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del beneficiario y el monto del certificado expresado en moneda nacional, el que será calculado conforme a lo establecido en el artículo 2° de la Resolución General N° 5.469. Y para ello se tomará la información con la cuente la misma Caja de Valores S.
A.
respecto del tipo de cambio implícito de compraventa de títulos públicos con liquidación en moneda extranjera con transferencia en plaza local y venta con liquidación en moneda local en la misma plaza, durante los cinco días hábiles anteriores a cada fecha de referencia."A los fines del cálculo del valor de cierre del tipo de cambio implícito, se considerarán las tres especies de títulos públicos con mayor volumen de negociación, cotizados en pesos y en dólares estadounidenses, según lo informado por Bolsas y Mercados Argentinos (BYMA)", marcaron.
Y sólo se considerará el volumen negociado con plazo de liquidación contado inmediato en el segmento de Prioridad Precio Tiempo (PPT).
Se excluirán las operaciones registradas en el Sistema de Comunicación entre Agentes Corredores de Valores Negociables y BYMA (SISTACO) y las registradas en el Segmento de Negociación Bilateral (SENEBI)."Para la determinación del tipo de cambio implícito de cada título público seleccionado se calculará el ratio entre el monto operado en pesos durante el día y el valor nominal operado en pesos y, por otro lado, el ratio entre el monto operado en dólares estadounidenses y el valor nominal operado en dólares estadounidenses.
Posteriormente se procederá a calcular el ratio entre ambos valores.
Proyecto en la mesa Ley penal tributaria: el monto "ridículo" que se busca actualizar en la reforma Lucrecia EterovichUna vez obtenidos estos valores para el tipo de cambio implícito para los tres títulos seleccionados, se calculará el valor del tipo de cambio considerando el promedio ponderado por el monto negociado en dólares estadounidenses de cada uno sobre el total negociado en dólares estadounidenses entre los tres títulos."En aquellos supuestos en que sea necesario redondear el importe, se aplicará el truncamiento en el segundo decimal", puntualizaron.
Y agregaron: "En caso de que la determinación del tipo de cambio no sea posible, se aplicará el valor implícito del día anterior".
También se tendrá en consideración la información brindada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) respecto del valor técnico y tipo de cambio de la Comunicación "A" 3500 correspondiente a los cinco días hábiles anteriores a cada fecha de referencia.
En cuanto a los Bopreal, se deberán brindar datos identificatorios como: tipo de certificado, número de certificado, año de emisión, fecha de vigencia (desde/hasta) y estado.
Luego el formulario de declaración jurada se formalizará mediante transferencia electrónica de datos a través del sitio "web" institucional (https://www.arca.gob.ar).
Plazos de imputaciónLa imputación de los Bonos Electrónicos podrá efectuarse a partir del día hábil siguiente al de realizada la transferencia de los "Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre" (BOPREAL) en los términos del artículo 2° y determinados los plazos según la fecha en la que se gestione su trasferencia.
Así, los que tengan año de transferencia 2025 tendrán plazo de imputación hasta el 31 de diciembre de 2030, inclusive; en caso de ser 2026, hasta el 31 de diciembre de 2031, inclusive; y, por último, cuando sea 2027, hasta el 31 de diciembre de 2032, inclusive.
Críticas de la oposición Previo al inicio de la "Fase 3" de flotación entre bandas, la medida había despertado críticas en la oposición.
El ex director general de Aduanas, Guillermo Michel, que lo calificó de un "regalito impositivo" para los importadores.
Ex director de Aduanas Entrevista a Guillermo Michel: fuerte crítica al acuerdo con el FMI, guerra comercial y alerta por importaciones Belén Ehuletche Dado, que meses atrás, si el importador utilizaba los Bopreal para pagar los impuestos para su cotización no iba tomar el tipo de cambio oficial sino el CCL por una amplia diferencia.
"Si consideramos la emisión "1A" de u$s 1.000 millones, la diferencia entre ambos tipos de cambio es de $ 130.000 millones", puntualizó.
Ahora con el nuevo régimen cambiario, y la convergencia que se produjo en el primer día entre las cotizaciones paralelas (en este caso el CCL) y el dólar oficial, que se espera que continúe, la pérdida de recaudación seguiría y afectará a las provincias por los coparticipados, pero sería menor..