Título de Clarín - 13/04/2025 09:30:27

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Qué pasa si no voto en Santa Fe: quiénes no están obligados a …

El próximo domingo 13 de abril de 8 a 18 la provincia de Santa Fe abrirá el calendario electoral con las Elecciones Generales de Convencionales Reformadores y las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) locales.

Por un lado después de 63 años los santafesinos elegirán a las personas encargadas de llevar a cabo la reforma de la Constitución Provincial: se seleccionarán 50 convencionales por distrito único y un convencional por cada uno de los 19 departamentos provinciales.

Por lo tanto el presidente de mesa entregará dos boletas únicas: una de color naranja para elegir a los convencionales provinciales y otra de color azul para seleccionar un convencional por departamento.

Esta votación será única sin segunda vuelta.

Elecciones PASO en Santa FeAsimismo habrá elecciones PASO para elegir candidatos; en 11 localidades a intendentes; en 53 localidades se elegirán candidatos a concejales municipales; y en 75 localidades se deberán elegir candidatos a miembros de comisiones comunales y controladores de cuentas.

En esas localidades además de las boletas únicas para convencionales reformadores habrá también boletas únicas para esas categorías según corresponda en cada caso.

El Gobierno Provincial recuerda que hay que realizar una sola marca por boleta para elegir al candidato que se desee votar.

Podrán emitir su voto todos los mayores de 16 años que estén en el padrón electoral presentando el último ejemplar del DNI.

Según el reporte del tribunal electoral de la provincia de Santa Fe el domingo podrán votar 2.834.383 personas.

Además 77.638 jóvenes de entre 16 y 17 años podrán votar de forma voluntaria.

También podrán hacerlo 1.885 personas privadas de su libertad que se encuentran en los establecimientos penitenciarios de la provincia.

Multas por no votar elecciones 2025: cuál es la sanción por no hacerloSegún la Ley N°4990 todo elector tiene el deber de votar en cuantas elecciones provinciales municipales o de comisión de Fomento se realicen en su distrito electoral.

En el caso de no presentarse al sufragio en las elecciones sin una justificación válida se podría enfrentar a una multa económica y si se acumulan varias ausencias sin excusa pueden acarrear otras consecuencias como la suspensión de ciertos derechos o la imposibilidad de desempeñar cargos públicos.

Si una persona no vota será registrada como infractora.

Además si no justifica su ausencia dentro de los 60 días posteriores se le impondrá una multa que puede variar entre $1000 y $2000 dependiendo de la cantidad de infracciones previas acumuladas.

Además de la sanción quienes no asistan quedarán impedidos de realizar ciertos trámites o ejercer derechos civiles.

Si el infractor no paga el Código Electoral Nacional establece que no podrán ocupar cargos públicos durante 3 años ni realizar gestiones ante organismos estatales por un año.

Quiénes quedan exentos de la obligación de votar Los mayores de 70 años.

Los jueces y sus auxiliares que deben asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas durante las horas de las elecciones por disposición de la ley o su reglamentación.

Aquellos que por enfermedad o fuerza mayor no puedan asistir al comicio.

Los que el día de las elecciones se encuentren a más de 100 kilómetros de su lugar de votación..

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